CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS
Conoce los antecedentes legales de tu propiedad.
Si tienes la calidad de heredero en una sucesión, testada o intestada, puedes disponer, vender, ceder o transferir todos o parte de los bienes que comprenden tu cuota hereditaria. De no poder hacerlo, incluso puedes iniciar un juicio de partición de bienes si fuese necesario.
La Cesión de Derechos Hereditarios es un contrato consensual —es decir, de mutuo acuerdo— que se suscribe por escritura pública ante un notario, en virtud del cual un heredero o dueño de una cuota hereditaria, denominado “Cedente”, vende, cede y transfiere todo o parte de sus derechos sobre un mueble o inmueble a un comprador denominado “Cesionario”, quien adquiere para sí tales derechos.
